EDILBERTO LUIS MARTINEZ CASTRO
Con la entrada de vigencia del Nuevo Código Procesal Penal del 2004, Decreto Legislativo N°957, la oralidad se ha convertido en la principal característica de este modelo procesal debido al debate contradictorio entre el Ministerio Público y el abogado del procesado; pero esta oralidad no implica que se haya desterrado plenamente a la escritura de los procesos penales; sino que tanto la oralidad y la escritura constituyente los principales componentes en las actuaciones judiciales.